El Reglamento (UE) 2017/1001, de 14 de junio de 2017, define las marcas de certificación de la Unión como «las que distinguen productos o servicios certificados por el titular de la marca en relación con el material, el proceso de fabricación de los productos o la prestación del servicio, la calidad, la precisión u otras características, con excepción de la procedencia geográfica, productos y servicios no certificados.» (Artículo 83, apartado 1, del RMUE).
Las marcas colectivas están dirigidas a empresas y/u organismos públicos que cumplan la función de garantizar el origen, naturaleza o calidad de determinados productos o servicios, para otorgar su uso, de acuerdo con las normas de la normativa respectiva, a productores y comerciantes.
La pertenencia a una marca colectiva ofrece las siguientes ventajas:
- Procedimientos de presentación, registro y modificación suficientemente ágiles y rápidos
- Una disciplina hecha de reglas exiguas pero efectivas
- La coincidencia entre el nombre geográfico y el territorio real de producción
- Mejor adaptabilidad a productos de nicho y cadenas de suministro cortas
- Posibilidad de aplicación no solo a un producto específico sino también a un conjunto de productos relacionados.
La Marca Colectiva requiere los siguientes requisitos:
- La redacción de un pliego de condiciones que contenga únicamente el nombre del producto, la zona de producción, las características del producto y las técnicas de producción
- La presentación de una marca con un reglamento de uso adjunto, en el que se especifiquen, además de las condiciones de acceso de los operadores afectados (y en primer lugar el cumplimiento de las especificaciones), el régimen de sanciones para los infractores y el sistema de controles
- La definición de un sistema de controles, que puede ser llevado a cabo directamente por el titular de la marca o, como es preferible por razones de transparencia, a través de un organismo tercero e independiente
- Para la concesión de la marca en beneficio de los interesados que hayan pasado los controles y su inclusión en un registro especial que se mantendrá constantemente actualizado con nuevos registros.
El documento que caracteriza a los productos de marca colectiva es el Reglamento para el uso de la Marca, el cual debe adjuntarse a la solicitud de registro.